Fue publicada en el Diario Oficial la Ley Nº 20.001 que incorpora al Libro II del Código del Trabajo, el Título V, denominado "De la Protección de los Trabajadores de Carga y Descarga de Manipulación Manual", Ley que se encuentra vigente, toda vez que transcurrió el plazo de seis meses, que se establecía para ello, contados desde la fecha de su publicación.
Asimismo, con fecha 27 de Julio del año 2005, fue dictado el Decreto Supremo que aprueba el Reglamento para dar aplicación a la citada Ley, Decreto publicado en el Diario Oficial el día 12 de Septiembre del presente año.
Considerando de interés para las empresas la nueva normativa relativa a la carga humana, informamos los aspectos más relevantes de la citada Ley y su Reglamento.
Obligaciones de trabajador
Cumplir con los procedimientos de trabajo para el manejo o manipulación manual de la carga, y con las obligaciones y prohibiciones que para este efecto se establezcan en el Reglamento Interno de la empresa.
Prohibiciones
Los trabajadores no podrán manipular en forma manual cargas superiores a 50 kilogramos.
Los menores de 18 años y las mujeres, no pueden llevar, transportar, cargar, arrastrar o empujar manualmente, cargas superiores a los 20 kilogramos.
La mujer embarazada no puede efectuar operaciones de carga y descarga manual.
http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=235279
hola amigos del blog del segurito,que fantastico que tengan esa informacion sobre el peso maximo es una muy buena informacion saludos
ResponderEliminardijo atte: MAURICIO ROBLEDO
ResponderEliminarHola portal.. una consulta... alguna ley, decreto o lo que sea, que establesca el trabajo en "movimiento de tierra"
ResponderEliminaruna consulta..... se sabe que no se debe cargar mas de 50 kilogramos de peso por ley... pero que pasa cuando este trabajo es repetitivo... cuantas veces al dia se puede cargar esta cantidad de carga..??? hay alguna limitación en la cantidad e veces que la persona puede levantar este peso y por cuanto tiempo lo debe hacer para no sufrir lesiones, ya que sabemos que al mantener la carga suspendida e movimiento manual de carga igual?? porfavor si me pueden responder esto se los agradecería mucho
ResponderEliminarLOL
ResponderEliminarLo recomendable es que los trabajadores manipulen cómo máximo 25kg, los 50kg son carga puntual ¿Qué quiere decir esto? que solo si es estrictamente necesario un trabajador podrá mover 50kg sin ayuda de ningún equipo mécanico. Y cómo es un movimiento de carga puntual se puede realizar un par de veces al día cómo mucho.
ResponderEliminarEspero haber sido de ayuda.
excelente muchas gracias me ayudara mucho para mi prueba saludos
ResponderEliminar